ANIVERSARIO
EL
ÁGORA DE LA PAZ
La
palabra ágora es de origen griego y da
la idea de lugar de reunión de personas o asamblea, y fue establecido como
plaza al aire libre (de ahí, por ejemplo, el término “agorafobia” que es el
horror que algunos sufren a los espacios abiertos).
El
ágora de Atenas constituyó una contribución urbanística de la centuria de
Pericles (siglo V a. e.) que vino a ser propiamente la cuna de la democracia,
porque en ella se juntaba la gente a discutir y tomar decisiones sobre los
asuntos públicos. En otras ciudades tenía también función religiosa o
mercantil.
En
México, las ágoras proliferaron durante la administración de López Portillo,
cuya esposa, doña Carmen Romano, presidió el Fondo Nacional para Actividades
Sociales (FONAPAS), aparte de dos instituciones más que eran el Sistema para el
Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y el patronato de Promotores
Voluntarios. El Fondo Nacional, que las creó, estuvo bajo la responsabilidad de
Alfredo Elías Ayub.
En
BCS, FONAPAS fue dirigido primeramente por Jorge Susarrey Cabrera y enseguida
por Juan Ramos Cepeda, quienes despacharon en el edificio del DIF (Aquiles
Serdán y Antonio Rosales) y les correspondió, entre otras varias e importantes
acciones, dotar de instrumentos al nuevo edificio de la Escuela de Música,
construido entre las calles José María Morelos y Marcelo Rubio, en 1979.
Luego
de su triunfo electoral, el gobernador Alvarado Arámburo puso la presidencia
del Fondo Estatal en manos de su esposa la señora María Teresa Soto, y confió a
este cronista la dirección respectiva. En esa amable responsabilidad estuvieron
asimismo Ireneo Collins Castro, Sixto Rodarte Martínez, Luis Peláez García y
varios más. La institución quedó instalada contigua al Ágora, que estaba en su
jurisdicción, y sus vecinos el Museo de Antropología e Historia y la biblioteca
Justo Sierra, el primero con Fanny Campillo al frente, dependiente del INAH, y
la segunda, a cargo de Mary Nogales, de la dirección estatal de Acción Social y
Cultural.
En
el Ágora fue puesta en operación una librería con sala de exposiciones, administrada por Francisco Arámburo Salas, y en su
escenario a la intemperie comenzaron a ofrecerse actividades culturales de todo
tipo, particularmente en los “Miércoles del Ágora” en que actuaron artistas y
grupos locales, así como los que enviaba el organismo central cada mes para
disfrute gratuito de un público al principio bastante reacio a estar en un
lugar donde habían funcionado poco antes la cárcel y las oficinas de la
dirección de Policía y Tránsito, en que se iba a visitar a un amigo o pariente
o a pagar una infracción. Pero al final triunfó la persistencia y se pudo
“calentar” el área, con asistencia creciente.
El
sexenio presidencial de Miguel de la Madrid (1982-1988) determinó la
cancelación de FONAPAS, que Alberto Alvarado reemplazó en el ámbito local con
la dirección de Cultura, en el mismo lugar que el pasado 1 de abril cumplió 35
años de existencia con claros signos de renovación de los antiguos lauros con
un ambicioso catálogo de tareas.
DOCUMENTO FUNDAMENTAL
LICENCIA
PARA LA CONQUISTA DE LAS CALIFORNIAS*

Habiendo
visto el memorial presentado por el reverendo padre provincial de la sagrada
religión de la Compañía de Jesús y la carta del reverendísimo padre general
Tyrso Gonzaless en que aprueba -con las
recomendaciones y satisfacción que de ella consta- la persona de los padres
Juan María de Salvatierra y Eusevio Francisco Kino para la reducción de los
gentiles de las Californias que, según los informes del tribunal de la
Contaduría Mayor de Cuentas y Oficiales Reales de esta corte, para el apresto y
fábrica de tres bajeles, sueldos y pagas de la gente de mar y guerra y otros
socorros que se ejecutaron en la antecedente para la empresa y conversión de
los gentiles del reino de la California, se gastaron de la real Hacienda
225,400 pesos, sin haberse podido lograr el efecto de conseguirla, y que el
haberse mandado suspender por entonces esta conquista, en cumplimiento de real cédula de 22 de
diciembre del año pasado de [16]85, fue por considerarse de mayor gravedad el
reparo a la necesidad de la defensa en el reino de la Vizcaya por la
sublevación general de los indios de la Tarahumara.
Y
que habiéndose de acudir a ésta con pronto remedio era necesario considerable
gasto de la real hacienda que no sería bien divertirle en los que causaba la
nueva conquista de Californias, sin que se ofreciese otra razón de dudar para
sobreseerse en ella que el referido gasto y ocasión que dio motivo y de que
parece se deduce que la mente y real disposición no prohibió absolutamente que
se hubiese de continuar la reducción y conquista de California, sino que por
aquella causa que se había ofrecido se suspendiese por entonces.
Teniendo
presente lo expreso en dicha real cédula y reconociendo asimismo por diferentes
cartas, instrumentos e informes que el fervoroso celo e industria de los
referidos padres, por sí solos y sin otra ayuda han logrado la reducción y
bautismo de más de 5,000 infieles que están perseverantes en nuestra santa fe
en algunas poblaciones y lugares de minas, y con ansia y anhelo de que vuelvan
estos mismos religiosos para administrarles los santos sacramentos y demás
ejercicios de doctrina, para continuar los reducidos y por medio de ellos
atraer otros a este gremio, y atendiendo también a que la referida entrada y
reducción ha de ser a costa de las limosnas que el celo y cristiandad de
algunas personas han ofrecido contribuir para tan santo y alto fin, y que el de
su majestad ha sido lograr se prosiga semejante empresa, y que causará grave
escrúpulo el desamparar tantas almas como piden el bautismo en dicha
conversión.
Por
todo lo referido, ha parecido preciso a mi obligación por cristiano vasallo y
criado de su majestad conceder, como concedo por ahora y en el ínterin que con
vista de esta determinación se sirve resolver lo que fuere de su mayor agrado,
por el presente concedo la licencia que piden a los dichos padres Juan María de
Salvatierra y Eusevio Francisco Kino, de la Compañía de Jesús, para la entrada
a las provincias de Californias y que puedan reducir a los gentiles de ellas al
gremio de nuestra santa fe católica, con calidad de que sin orden de su
majestad no se ha de poder librar ni gastar cosa alguna de su real Hacienda en
esta conquista, por ser condición expresa de su allanamiento.
Y
de esta permisión, y porque es justo se atienda a la seguridad de sus personas
y las demás que les siguieren, y prevenir las contingencias y accidentes que
pueden sobrevenir de sublevación de los gentiles y otros que en aquellos
parajes y distancias pretendan por otros motivos faltarles al respeto, les
concedo asimismo a dichos padres puedan llevar la gente de armas y soldados que
pudieren pagar y municionar a su costa, con cabo de entera satisfacción,
experiencia y cristiandad que eligieren, pudiéndole remover siempre que
faltaren a su obligación, dándome cuenta del que nombraren, para su aprobación,
y, en caso de removerle, para expedir las órdenes que tuviere por convenientes
en el servicio de su majestad. Y así al cabo como a los soldados que militaren
debajo de su mano por que puedan gustosos hacerlo en materia tan del agrado y
servicio de ambas majestades, y entrar la tierra adentro para la conquista y
reducción de los infieles, les concedo todos los fueros, preminencias y
excepciones que gozan todos los demás cabos superiores, militares y soldados de
los campos y ejércitos reales, y que estos servicios se reputen y tengan por
hechos en guerra viva en la conformidad que su majestad lo tiene declarado con
los que sirven en los presidios del reino del Parral y en los demás del reino y
conquistas que se han ejecutado en él, y en el ínterin también que su majestad
determina lo que fuere de su real voluntad.
Y
concedo asimismo a dichos padres licencia y facultad para que se puedan
enarbolar banderas y hacer levas siempre que para ello fuere necesario con las mismas
calidades, y de que todo lo que se conquistare ha de ser en nombre de su
majestad, y para que así la gente que fuere como la demás que se pudiese
agregar y conseguir para esta reducción, se conserve y mantenga en paz y
quietud con la buena correspondencia, urbanidad y respeto, a dichos religiosos
les concedo puedan nombrar en nombre de su majestad personas que administren
justicia y a quienes obedezcan sus órdenes debajo de las penas que impusieren y
que puedan ejecutarlas en los inobedientes, dándome cuenta de lo que de todo
fuere resultando y progresos que mediante el cristiano celo de dichos
religiosos espero han de lograrse en el servicio de Dios y agrado del rey
nuestro señor, de quien pueden prometerse les dará las gracias que yo pueda
repetir en su real nombre, y se sacará testimonio para dar cuenta a su
majestad.
México,
6 de febrero de 1697 años.
Don Joseph
Sarmiento.
* El documento completo se halla, por cortesía de la Universidad Autónoma de Nuevo León y con presentación de Andrés Henestrosa, en http://cdigital.dgb.uanl.mx/la/1020000926/1020000926.PDF
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