REVOCACIÓN DE MANDATO
La revocación de mandato o plebiscito revocatorio es el
proceso por el cual los ciudadanos tienen facultad constitucional, mediante
sufragio, de interrumpir el ejercicio de un gobernante o legislador cuando los
electores han considerado que alguno de éstos ha dejado de cumplir sus
obligaciones esenciales, violado los derechos humanos, caído en actos de
corrupción y, en general, perdido legitimidad.
Este
procedimiento, que parecería lógico y sencillo en términos de la democracia
directa (como el referéndum, el plebiscito y la iniciativa legislativa popular),
se vuelve impracticable pues el gobernante o parlamentario tiene siempre a su
alcance una serie importante de recovecos legales que obstaculizan el
cumplimiento de esa especie de retractación de la confianza depositada en
ellos.
Por eso es fácil
que los demagogos prometan, como otro elemento para atraerse votos, que en
determinadas etapas de su administración promoverán la opinión popular para
efectos de revocación o no de su mandato.
Esto lo ofreció
Hugo Chávez y ya tiene trece años en el poder, lo cual cada vez se asemeja más a
una dictadura; la única manera de atajarlo será el triunfo de Henrique Capriles
el 7 de octubre próximo. Pero de su promesa de convocar a un plebiscito para
ver si los venezolanos revocan su mandato, nada, aunque en la constitución de
ese país se halla establecida dicha facultad ciudadana.
Calificado
experto en esta materia es seguramente Joseph F. Zimmerman, autor de The Recall. Tribunal of the People (USA,
1997), en cuyo libro puede uno enterarse de que es en los Estados Unidos de
[Norte] América donde tiene raíces más profundas esa institución, y de su
complejidad teórica y práctica.
En México, Chihuahua es la única entidad que
reconoce en su carta estatal, desde 1997, la viabilidad de la revocación del
mandato.
En los entusiasmos de su campaña
electoral, un ignaro candidato a
gobernador de Baja California Sur ofreció la instauración de ese dispositivo en
la Constitución local, pero ya en el usufructo del poder se cuidó bien de promover
iniciativa alguna al respecto.
Conviene advertir que el mandato revocatorio
ninguna relación tiene con el golpe de estado (como el que dieron a Zelaya en
Honduras), la sublevación popular (Egipto, Libia, Siria), la presión a la
renuncia (como Nixon a raíz del Watergate)
o la destitución mediante juicio político (como acaba de ocurrir al presidente
Lugo en Paraguay por parte del senado: 39 a 4), ya que, en el primero, nada
sino el sufragio ciudadano (que es el que elige a sus gobernantes y
legisladores) puede cancelar el desempeño de estos funcionarios.
Candidato hubo por ahí que anduvo ofreciendo
esta engañifa a sus potenciales electores, aunque a últimas fechas dejó de
tocar el tema; probablemente sus asesores le aconsejaron olvidar el
embeleco.
Desconfiemos entonces de los candidatos que
prometen que al término de una etapa breve de su estadía en el ejercicio del
mando se someterán a la consulta para que sus electores decidan si les permiten
continuar o no, ya que invariablemente encuentran argucias para evitar la
consulta o manipular sus resultados.
Y finalmente hay que soportarlos hasta el
término de su periodo.
(Imagen: mexico.cnn.com)