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RECONOCIMIENTO FEDERAL A LA JURISDICCIÓN ESTATAL SOBRE UNA DE LAS ISLAS DE BAJA CALIFORNIA SUR, HACE 12 AÑOS

En oficio del 30 de diciembre de 1997, la secretaría de Gobernación de México, por conducto de su director general de Gobierno, dijo al representante del Desarrollo Turístico Isla de San José, S. A. de C. V., lo que sigue:
“En respuesta a su escrito de fecha 13 de noviembre de 1997, en el cual solicita que esta secretaría les confirme y reconozca que la isla San José, ubicada en el golfo de California frente a las costas del municipio de La Paz, del estado de Baja California Sur, es de jurisdicción del municipio de La Paz y del estado de Baja California Sur, y tomando en cuenta el artículo 48 de la Constitución General de la República donde señala que la autoridad competente respecto a las islas es el gobierno federal, con excepción de aquellas sobre las que hasta 1917 hayan ejercido jurisdicción los estados de la federación, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3° del decreto expedido el 5 de junio de 1891, el cual señala que las islas del golfo de California quedarán bajo la jurisdicción del distrito Sur, y posteriormente que por decreto del 20 de enero de 1929 esta disposición pasó a ser el texto del artículo 112 de la Ley Orgánica del Distrito y Territorios Federales, ratificándose en el decreto del 4 de febrero de 1971 y, por último, considerando que la precitada ínsula de San José salió del dominio de la nación desde 1887, y que los terrenos que la integran pasaron a formar parte de la extensión territorial, estableciéndose su jurisdicción en el distrito Sur de la Baja California, tal como lo ratifica el reconocimiento de propiedad núm. 545 del Acuerdo Presidencial publicado el 31 de agosto de 1928, esta secretaría de Gobernación confirma que la mencionada isla de San José, localizada entre los paralelos 24° 52´ y 25° 06´15´´ y los meridianos de 110° 44´ y 110° 32´, corresponde a la jurisdicción del estado de Baja California Sur de conformidad con el artículo 34 fracción II de la Constitución Política de esa entidad federativa.”
En el siguiente y último párrafo del escrito, se lee:
“Con respecto a la opinión que solicita a esta dirección general, relacionada con los alcances que el decreto del ejecutivo federal, publicado el 2 de agosto de 1978, dirigido a la protección del medio ambiente, pudiera tener sobre la isla San José, le informamos que, de acuerdo a lo establecido en los artículo 27 fracción XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 14 fracción XV del reglamento interior de esta secretaría, no es competencia de esta dirección general de Gobierno emitir opinión al respecto, toda vez que la mencionada isla no es de jurisdicción federal.”
Todo lo cual viene a ser otro antecedente digno de tomarse en consideración para argumentar en contra de la negativa de la actual administración federal a reconocer la jurisdicción [autoridad, competencia, potestad] del estado de Baja California Sur sobre sus islas, entre las cuales se halla la denominada Cerralvo, y a la cual se pretende sustituir el nombre (que le fue impuesto desde 1632) mediante el acuerdo de la dirección general de Geografía y Medio Ambiente del Inegi, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2009.