ACTUALIDAD

REFORMA MUNICIPAL
(Reedición actualizada)

En el conjunto de reformas estructurales que el gobierno de Enrique Peña Nieto se comprometió a promover para fincar el desarrollo presente y por venir de México, deberá estar la reforma a los artículos 115 y demás relativos de la Constitución General de la República, referidos al municipio mexicano.

   Dicho artículo habla, como se sabe, de la composición política de este tercer orden de gobierno --más que gobierno de tercera como ha sido hasta hoy--, y no por falta de visión del constituyente de 1917 sino porque ahora son otras las circunstancias del país.

   La fracción tercera del citado dispositivo dice que los municipios deberán cubrir los servicios públicos y funciones siguientes: agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, alumbrado público, limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, mercados y centrales de abasto, panteones, rastro, calles, parques y jardines, seguridad pública, policía preventiva municipal y tránsito “y los demás que las legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socioeconómicas de los municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.”

   En este último aspecto se dice también que los municipios “administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor y, en todo caso, percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los estados sobre la propiedad inmobiliaria [...],  las participaciones federales y  los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.”

   Y aquí viene otro asunto muy interesante, y es el que se refiere a que “sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de los Estados o los Municipios [...]”

   El único impuesto que va directamente a la tesorería del municipio es el predial, pero resulta que éste tiene en la actualidad muchas excepciones, como son los aeropuertos, las iglesias, las escuelas, la CFE y hasta Telmex (que carece hasta hoy de la obligación de cubrir impuestos por sus casetas y publicidad en la vía pública). Inusual, pero justo, es el hecho de que el municipio de San Luis Potosí haya ganado recientemente una controversia a la empresa telefónica de Carlos Slim, la cual llegó a 60 millones de pesos por uso de vía pública; esto crea una jurisprudencia que deberá ser útil en demandas posteriores.

   Una nota reciente en el periódico capitalino El Financiero (13-08-2015) expresa que “Las tarifas eléctricas 5, 5-A y 6 que pagan ciudades y municipios del país por alumbrado público, semáforos o decoraciones temporales se incrementaron mensualmente entre 6 y hasta 9 por ciento, a diferencia de lo ocurrido con la facturación de luz en hogares, comercios e industrias que disminuyeron a ritmos de entre 25 y 30 por ciento cada mes, en comparación con el 2014.” Añade que “En el caso de la tarifa 5A que utilizan todos los municipios -con excepción de Monterrey, Guadalajara y el Distrito Federal-, el costo subió 9.4 por ciento en junio de 2015 contra el mismo mes de 2014.
En México las erogaciones de iluminación y alumbrado público representan entre el 5 y hasta el 10 por ciento de todos los costos de las administraciones locales, de acuerdo con Fitch Ratings, firma consultora que ofrece productos y servicios para la industria financiera.  

   Durante el seminario “Encuentro por la Federación y la Unidad Nacional” que se efectuó el 2 de octubre pasado (2014) en el Senado de la República, Sergio Arredondo Olvera, quien dirigía la Federación Nacional de Municipios de México, afirmó que el modelo municipal de esta república está agotado, y por esto tiene que cambiar, dijo contundentemente.

   Subrayó el hecho de que el municipio, primera instancia del contacto ciudadano con su autoridad, así como ésta, son considerados como menores de edad o tácitamente incapaces, y su significación es, en consecuencia, limitada por un paternalismo federal y estatal que funciona más bien como camisa de fuerza, que acota de manera abusiva las potencialidades de la gente que vive y se desenvuelve en el municipio, que es su hábitat político fundamental, la polis, la ciudad.

   Habló de  una “debilidad hacendaria inaceptable” porque, nótese bien: del fondo general de participaciones (reparto presupuestario nacional), el 80 % se lo queda la federación, el 16 % es para repartir en las 32 entidades federativas, y sólo el 4 % está destinado a la totalidad de los municipios. Los suecos, en cambio (por citar sólo un ejemplo), otorgan el 94 % de sus ingresos fiscales al municipio.

   El escepticismo social por el insuficiente desempeño de la administración municipal en materia económica ha llevado a culpar de ello a los ayuntamientos, siendo que su exiguo beneficio es a causa de un obsoleto funcionamiento del régimen municipal, derivado básicamente de la precaria asignación de recursos a éste.

   Dijo el municipalista en su intervención que “se requiere un federalismo más vigoroso... una revolución urbana..., tenemos que crear un nuevo modelo municipal para nuestro país, con mayor equidad entre esos tres órdenes de gobierno y poniendo a los ciudadanos en el centro...”

   Afirmó que “el municipio debe ser actor clave en el desarrollo de nuestro país” y concederle mayor autonomía, así como equidad fiscal y presupuestaria. Para apuntar una incongruencia en este sentido, recuerda que el impuesto de alcoholes es recaudado íntegramente por la federación, y el trabajo de lidiar con los borrachos debe ser asumido íntegramente por la policía que paga el erario municipal.

   En el mismo orden de ideas, recuérdese que los impuestos sobre la pesca son federales, y es el ayuntamiento el que tiene la obligación de prestar los servicios públicos a las comunidades ribereñas que se dedican a esa actividad. Le es exigido el trabajo de rellenar los baches (lo cual está en capacidad de hacer con su personal y equipo), pero carece de una partida presupuestaria y dinero para comprar chapopote.

  Cada competencia debe tener sus recursos, sostiene Arredondo Olvera; es lo justo y coherente, pero resulta que en la actualidad se demanda al ayuntamiento atender servicios para los que no se le asignan elementos pecuniarios.

   En la nueva reforma municipal que urge, se deberán, pues, hacer modificaciones sustanciales en materias institucional, política y hacendaria, dando voz y voto a las representaciones municipales en las decisiones que atañen al país.

  A finales de noviembre anterior se llevó a cabo en la capital jalisciense la Conferencia Nacional de Municipios, de la que derivó la “Declaratoria de Guadalajara”, de 5 puntos, el último de los cuales expresa que se propone “Impulsar una gran reforma municipalista que actualice el artículo 115 Constitucional y que promueva el fortalecimiento de las competencias de los gobiernos locales, con especial énfasis en garantizar la rectoría del municipio sobre el espacio público urbano para que empresas privadas cumplan con el pago de los derechos por uso de la vía pública.”  Ello, creemos, deberá incluir a los organismos paraestatales como la CFE.


   Entonces, resulta a todas luces imprescindible ya que el municipio se haga fuerte para que haga fuerte a México.