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REVOCACIÓN DE MANDATO

La revocación de mandato o plebiscito revocatorio es el proceso por el cual los ciudadanos tienen facultad constitucional, mediante sufragio, de interrumpir el ejercicio de un gobernante o legislador cuando los electores han considerado que alguno de éstos ha dejado de cumplir sus obligaciones esenciales, violado los derechos humanos, caído en actos de corrupción y, en general, perdido legitimidad.
   Este procedimiento, que parecería lógico y sencillo en términos de la democracia directa (como el referéndum, el plebiscito y la iniciativa legislativa popular), se vuelve impracticable pues el gobernante o parlamentario tiene siempre a su alcance una serie importante de recovecos legales que obstaculizan el cumplimiento de esa especie de retractación de la confianza depositada en ellos.
   Por eso es fácil que los demagogos prometan, como otro elemento para atraerse votos, que en determinadas etapas de su administración promoverán la opinión popular para efectos de revocación o no de su mandato.
   Esto lo ofreció Hugo Chávez y ya tiene trece años en el poder, lo cual cada vez se asemeja más a una dictadura; la única manera de atajarlo será el triunfo de Henrique Capriles el 7 de octubre próximo. Pero de su promesa de convocar a un plebiscito para ver si los venezolanos revocan su mandato, nada, aunque en la constitución de ese país se halla establecida dicha facultad ciudadana.
   Calificado experto en esta materia es seguramente Joseph F. Zimmerman, autor de The Recall. Tribunal of the People (USA, 1997), en cuyo libro puede uno enterarse de que es en los Estados Unidos de [Norte] América donde tiene raíces más profundas esa institución, y de su complejidad teórica y práctica. 
   En México, Chihuahua es la única entidad que reconoce en su carta estatal, desde 1997, la viabilidad de la revocación del mandato.
   En los entusiasmos de su campaña electoral,  un ignaro candidato a gobernador de Baja California Sur ofreció la instauración de ese dispositivo en la Constitución local, pero ya en el usufructo del poder se cuidó bien de promover iniciativa alguna al respecto.
   Conviene advertir que el mandato revocatorio ninguna relación tiene con el golpe de estado (como el que dieron a Zelaya en Honduras), la sublevación popular (Egipto, Libia, Siria), la presión a la renuncia (como Nixon a raíz del Watergate) o la destitución mediante juicio político (como acaba de ocurrir al presidente Lugo en Paraguay por parte del senado: 39 a 4), ya que, en el primero, nada sino el sufragio ciudadano (que es el que elige a sus gobernantes y legisladores) puede cancelar el desempeño de estos funcionarios.
   Candidato hubo por ahí que anduvo ofreciendo esta engañifa a sus potenciales electores, aunque a últimas fechas dejó de tocar el tema; probablemente sus asesores le aconsejaron olvidar el embeleco. 
   Desconfiemos entonces de los candidatos que prometen que al término de una etapa breve de su estadía en el ejercicio del mando se someterán a la consulta para que sus electores decidan si les permiten continuar o no, ya que invariablemente encuentran argucias para evitar la consulta o manipular sus resultados.
   Y finalmente hay que soportarlos hasta el término de su periodo.
   (Imagen: mexico.cnn.com)